5. En el Consejo Europeo de Tampere, los Jefes de Estado y de Gobierno observaron en diversas ocasiones la necesidad de garantizar un tratamiento equitativo a los nacionales de terceros países en situación regular en uno de los países miembros para que puedan beneficiarse de una situación comparable a la de los ciudadanos europeos.
6. Además, la Carta de Derechos Fundamentales declarada en diciembre de 2000, con motivo de la CIG (Conferencia Intergubernamental) de Niza, reconoció una serie de derechos tanto a los nacionales comunitarios como a los no comunitarios