Se declaran dispuestos a organizar, conjuntamente con el Tribunal de Justicia un intercambio de informaciones relativas a las resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccionales mencionados en el punto 1 del artículo 2 de dicho Protocolo en aplicación del Convenio y del Protocolo de 27 de septiembre de 1968 .
Se declaran dispüstos a organizar, conjuntamente con el Tribunal de Justicia un intercambio de informaciones relativas a las resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccionales mencionados en el punto 1 del artículo 2 de dicho Protocolo en aplicación del Convenio y del Protocolo de 27 de septiembre de 1968 .