4.4. El término "fibras artificiales discontinuas" utilizado en la lista incluye los cables de filamentos, las fibras discontinuas o los desperdicios de fibras discontinuas, sintéticos o artificiales, de las partidas 5501 a 5507.
5.1. Cuando para determinado producto de la lista se haga referencia a la presente Nota, no se aplicarán las condiciones expresadas en la columna 3 a los materiales textiles básicos utilizados en su fabricación cuando, consideradas globalmente, representen el 10 % o menos del peso total de todos los materiales textiles básicos utilizados (Véanse también las notas 5.3 y 5.4 siguientes).